¿Por qué el Juez formalizado por hurto quedó en libertad?

El día 14 de junio fue detenido un Juez de la comuna de Curicó por el delito de hurto simple, donde supuestamente habría sustraído productos avaluados en algo más de 300.000 pesos. Esto, aparentemente cometido dentro de un supermercado Jumbo, siendo noticia nacional y apareciendo en distintos medios de comunicación. Por lo mismo, con fecha de hoy 15 de junio, el magistrado fue formalizado por el delito de hurto simple, en calidad de autor y en grado consumado, dictándose respecto del mismo una medida cautelar consistente en prohibición de acercamiento al lugar, así como fijándose un plazo de investigación de 3 meses.

Ahora, ante esto, muchas personas por redes sociales han vociferado lo injusto de la situación, que tal medida no sería justa y que de hecho, se le ha dado un trato preferencial sólo por ser un Juez de nuestro país.

Pero, ¿es esto cierto?

Veamos. La verdad es que sin entrar en detalles respecto a la defensa del magistrado, la cuál habría señalado que “Se produjo una confusión en la línea de caja con unas bolsas de empaquetado en que no todos los productos fueron pasados por caja” y por tanto no existiría delito, para responder la pregunta sobre si ha sido beneficiado de alguna manera, hay que evaluar qué ocurriría en el mismo caso, respecto de una persona que no ostente un cargo de tal importancia, pero que no tenga antecedentes penales.

Para contextualizar, el delito de hurto en nuestro país tiene distinta penalidad de acuerdo al monto de lo sustraído. En otras palabras, mientras más valga lo hurtado, se puede aplicar una pena mayor. En el caso concreto, se trata de especies sustraídas que tienen un valor que se encuentra entre 4 y 40 UTM, por lo que de acuerdo a nuestro Código Penal, la pena en abstracto sería de 541 días a 3 años de presidio menor en su grado medio.

Ahora, tanto el tipo de delito, como que la pena probable tenga este rango, es de suma importancia, porque habilita a que en el caso concreto se pueda aplicar alguna salida alternativa, como puede ser un acuerdo reparatorio (en este caso, un acuerdo con la víctima), o una suspensión condicional del procedimiento (en términos muy sencillos, un acuerdo con la fiscalía). Además, aún en caso de que se aplicara alguna condena y no se quisiere llegar a una salida alternativa, la pena concreta se sustituiría por remisión condicional, es decir por firma mensual. Esto, por cierto, sin considerar posibles atentuantes que podría reducir más la pena en el caso concreto.

Entonces, ¿lo anterior tiene que ver con que haya sido un Juez? Y la respuesta es NO, para nada. Esto quiere decir que, para todas las personas, sin importar si son ricas o pobres, si ostentan un cargo importante o no, mientras no tengan antecedentes penales, y se vean enfrentadas a un caso similar, tendrán estas posibilidades. Por lo mismo, ni el Ministerio Público ni la parte querellante solicitaron en este caso prisión preventiva, toda vez que tal medida cautelar es excepcional en nuestro sistema de justicia, y dada la proyección del caso, habría sido totalmente desproporcionado.